Blogger y la Ley de Cookies española 11.9.13
La ley de cookies española y blogger. Qué es, a quien afecta y herramientas para cumplir con ella en los blogs de blogger.
Blogger y la Ley de Cookies española
Lo cierto es que ni este blog ni su autor, yo, serían el lugar más indicado para este artículo. Pero ante la casi total carencia de información y referencias sobre este particular (el dúo Blogger + Ley de Cookies española) he decidido escribir algo al respecto, que la ignorancia es muy atrevida.
Pero recuerda, ni la temática de este blog son temas sobre legalidad, ni blogger ni programación. Y resalto esto porque son tres aspectos básicos en la cuestión, tanto para su comprensión como para posibles soluciones que permitan cumplir con la ley española al respecto.
Muy importante: Advierto de nuevo, soy un completo ignorante de aspectos legales así que ten presente dos cosas:
- tómate este artículo como meras reflexiones carente de cualquier valor legal. Cualquier uso que le des es bajo tu entera responsabilidad.
- Por mi reconocida falta de formación en los tres aspectos básicos que mencionaba antes la mayor parte de lo que sigue está sacado de trabajos de terceros. Ve a los enlaces sobre la autoría en los artículos enlazados en el post.
La "Ley de Cookies" española
NOTA: Con posterioridad a la publicación de este artículo (13/09/2013) el consejo de ministros ha aprobado la remisión a las Cortes un "Proyecto de modificación de la LSSI".
Por lo tanto algunos aspectos de este artículo podrían quedar obsoletos y aparecer otros no contemplados. Más información: Novedades sobre la Ley de comercio electrónico y Proyecto de modificación de la LSSI
Qué es
Con el nombre de “Ley de cookies” es como se conoce al punto tercero del artículo 4 del Real Decreto-ley 13/2012, de 30 de marzo que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el pasado sábado 31 de marzo de 2012 y entró en vigor al día siguiente. La Ley de cookies, transposición de la Directiva 2009/136/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, se integra en la LSSI (Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico).
A qué obliga
La Ley de Cookies obliga a los titulares de páginas web profesionales a impedir que se instalen cookies en los ordenadores de sus usuarios, a menos que estos hayan dado antes su consentimiento informado para ello.
Están excluidas de esta prohibición expresa si son:
- Cookie de carácter técnico: Cookie estrictamente necesaria destinada únicamente a permitir al usuario navegar por la página web.
- Cookie estrictamente necesaria para la prestación de un servicio expresamente solicitado por el usuario.
A quién obliga
La ley de Cookies afecta a todas las empresas y profesionales con página web y otros prestadores de servicios de la sociedad de la información, siempre que cumplan al menos uno de los requisitos siguientes:
- Estén establecidos en España (residencia o domicilio social en España, inscripción en Registro Mercantil…).
- Estén establecidos fuera de España pero dirijan sus servicios específicamente al territorio español.
- Otros casos: Artículo 2 de la Ley 34/2002
El origen (textual) de estos tres apartados obtenida de pabloburgueno.com.
Resumiendo y esto es de cosecha propia
La normativa europea sólo obliga a informar del hecho. El legislador español ha añadido esta particularidad del consentimiento previo.
Estarás dentro de "empresa y profesionales con página web" y por lo tanto obligado por la ley con sólo tener incluido cualquier publicidad en tu blog con la esperanza de conseguir ingresos monetarios. En algunas partes he leído que también afecta si se solicitan donaciones. Aunque no te genere 1€. El mero hecho de tener adsense u otro servicio o el "págame con un café" en el blog te obliga a: Informar qué son las cookies --> Solicitar permiso expreso para implantarlas --> Implantarlas
Más claro aún: no puedes descargar ni una sola cookie de las "sancionables" sin antes haber informado al visitante y que éste te haya dado su permiso expreso para hacerlo. Ni las de control de analíticas.
Los blogs en blogger, así como las páginas en facebook, G+, WP... que cumplan con lo anterior están obligadas.
Si estás dentro y no cumples esta ley y te abren expediente te arriesgas a sanciones de hasta 30.000€ por el incumplimiento leve y si el incumplimiento fuera significativo la sanción podría ser de hasta 150.000€.
Más información sobre la ley de Cookies
- Cómo cumplir la Ley de Cookies por Pablo Fdez. Burgueño
- Sanción por instalar cookies de Google Analytics (y otras)
- La Ley de Cookies no se aplica a las páginas web de la Administración
- Ley de Cookies: Ni el Gobierno ni los Partidos Políticos la cumplen
Ley de Cookies y Blogger
Hasta el momento no he visto nada expresamente desarrollado para los blogs creados en Blogger que cumplan estríctamente con la ley en su redacción vigente.
Además son mínimos los blogs que avisan que utilizan cookies. Ninguno que detenga su carga hasta que des el OK.
La mayoría de opiniones que he leído y escuchado al respecto de esta ley hacen incapié en la complejidad de lograrlo y las trabas y la desventaja que esto supone en cuanto a competitividad frente a terceros.
Formas posibles de cumplir la ley de cookies española
Habría varias, todas tendentes a impedir que ni una sola cookie de las no permitidas cargue antes de ofrecer la información y obtener el consentimiento del usuario:
- Página de aterrizaje (landding page).
- Cabecera o pie de página. Asegurando la no carga de cookies hasta no tener el VºBº.
- Pop-up previo que haga lo anterior
Si las cookies son de servicios de terceros (gadgets que tengas en el blog) como vídeos, botones sociales... creo que también cumpliría si la info y consentimiento se muestran en su lugar (antes de que carguen y depositen sus cookies).
Nota: la navbar, esa a la que nadie ha encontrado ni un uso, también tiene su cookie. Aunque la ocultes con css (display: none).
Gagets blogger para la ley de cookies española
Algunos he encontrado. Pero creo que casi todos ellos la mayoría cumplen sólo con la normativa europea: informan. Pero no con la española de informar y obtener el consentimiento previo a la carga de la cookie.
Al momento de redactar este artículo no he probado ninguno (asignatura pendiente) de los que te relaciono a continuación. Tampoco te puedo informar sobre la complejidad o facilidad de implementarlos.
Actualizado en el apartado dedicado a "Cookie Consent"
Herramientas generalistas
Desarrollos para páginas creadas con cualquier sistema (no específicas de blogger o cualquier otro prefabricado) obtenidas de pabloburgueno.com. Las anotaciones e impresiones son del autor (que utiliza wordpress y a esa plataforma se debe referir):
- Cookie Collective
- Portent: leído en varios foros que su versión actual no parece que permita cumplir correctamente la Ley de Cookies.
- Wolf Software: Permite un cumplimiento completo de la Ley de Cookies. Su instalación es relativamente sencilla. Nota mia: el sitio de descargas no está operativo aún "coming soon"
- CookieQ: Excesivamente complejo para el usuario medio.
- Cookie Control: Es sencillo para el usuario, completo, nada intrusivo y fácil de instalar (o eso le pareció).
- ICO-Cookie-Warning: Conseguí instalar la barra de consentimiento pero no logré hacer funcionar correctamente el script, por lo que desconozco si funciona realmente.
Herramientas para blogger
Carlos Pizcos, en su imprescindible blog pizcos.net, publicaba hace escasas fechas un artículo con los códigos necesarios para inhabilitar la cookie de analytics: Como no cargar las cookies de analytics. Pero volvemos a lo mismo, si hay más cookies no cumples la ley.
Las que siguen son "generalistas" pero de posible implementación en blogger.
Cookie Control
De los distintos sistemas que he podido localizarCookie Control: parece ser el que más promete. Tiene, además de las variantes de pago, una gratuita. Localicé este artículo en español sobre su instalación. Ofrece tres modalidades de configuración y casualmente el blog lo tiene en una que no cumpliría con la ley.
El autor del artículo, firmado por Javier, menciona que "Cookie Control" comienza por descargar una cookie. Pero no explicita si es en las tres configuraciones o si en la de consentimiento previo no lo hace.
En su página de configuración de la opción gratuita hay una significativa cantidad de espacios para personalizarlo. Como dominio, textos referentes (de aviso e información), enlace a la página de "tus políticas", etc. Lo que facilita su adaptación a cada página sin necesidad de ir a los códigos fuentes.
Cookie Consent
Cookie Consent es una aplicación de código abierto basada en javascript y de propósito general (no dependiente de ningún CMS).
En su página de configuración y obtención de código (por pasos) existen múltiples opciones de configuración. Bastantes documentación sobre ella, incluyendo las famosas FAQ.
+David Rabaez en su blog tiene un artículo sobre esta herramienta: "Adecuando el blog a la Ley de Cookies". Y aunque él utiliza WP creo que sus explicaciones son perfectamente válidas para blogger al ser una herramienta basada en js.
AMPLIADO
En una prueba rápida que he hecho con esta herramienta, teniendo como guía el artículo de David, es plénamente funcional en blogger*. Seleccionando el modo Explicit – no cookies will be set until a visitor consents y cambiando tal como se indica el 'type' de todos los scripts involucrados.
* Al hablar de la funcionalidad hay que tener presente varias cuestiones para poder decir que esta herramienta permite cumplir con la Ley española de cookies:
- Tienes que tener acceso a los scripts de terceros para cambiales el 'type'. No se si en todos los gidgets y aplicaciones de terceros será posible.
- Me encontré con unas cooquies que no son bloqueadas. El análisis de la propia herramienta y mi sensación es que son cookies que entran dentro de las permitidas como "Cookie de carácter técnico: Cookie estrictamente necesaria destinada únicamente a permitir al usuario navegar por la página web".
- "Cookie Consent" descarga su propia cookie. Y esto supone una incógnita y en función de cómo se catalogue esta cookie será una aplicación que pueda hacer cumplir la ley o que directamente la invalide. Todo estará correcto si se puede considerar como cookie estríctamente necesaria no para el funcionamiento del sitio (primera exención) sino "para la prestación de un servicio expresamente solicitado" en este caso por la administración española para poder cumplir con la ley.
Cómo saber tus cookies
Si quieres saber exáctamente qué cookies carga tu blog o página web hay múltiples formas de averiguarlo. Las más sencillas son vía el inspector nativo de códigos de tu navegador. Clic con el botón derecho del ratón --> inspeccionar código.
Si usas Chrome selecciona la pestaña 'resources' del inspector que se despliega y ahí las tienes. Haz scroll en el ispector si fuera necesario.
Si utilizas firebug, en la parte superior de él tienes la pestaña correspondiente 'Cookies' para verlas.
La extensión para el navegador Web developer también tiene la pestaña 'cookies' para verlas y gestionarlas.
Más preguntas que respuestas
Para terminar con este artículo un tanto ajeno a la temática del blog más que respuestas y soluciones sólo tengo preguntas para ti, lector que supongo usuario de blogger.
Si estás afectado por esta ley ¿has realizado alguna acción para cumplir con ella?
¿Qué solución has probado o implementado y cuáles son tus impresiones sobre ella?
Estoy seguro que todos agradeceremos que compartas tus experiencia al respecto en un comentario. Gracias.
Kseso
the obCSServer ᛯ Ramajero Argonauta, Enredique Amanuense de CSS.#impoCSSible inside
Dicen que, en español, EsCss es el mejor blog de CSS. Posíblemente exageren.
@Kseso EsCss Kseso
Hola, muy buena entrada, compilando información sobre este asunto del que, curiosamente, no veo apenas escribir nada en los blogs especializados. Y no es para menos, dada la importancia de las multas que puede conllevar, y el amplio espectro de interpretaciones posibles que tiene dicha ley.
ResponderEliminarPor si quieres ampliar un poco más, con tu permiso, dejo el link a la solución aportada por Pizcos, pero ampliándola a la versión móvil, escrita por mi:
Cómo cumplir la "Ley de Cookies" en Blogger, versión móvil incluida
Me imagino que las necesarias cookies para que el navegador recuerde la decisión del visitante están permitidas, así como las que genera Blogger para el inicio de sesión.
Como dices, hay soluciones que sólo sirven para determinados tipos de cookies. Tal vez sea una buena oportunidad para aligerar la plantilla de scripts que tal vez no usemos tanto. En mi caso, me he deshecho de StatCounter, por ejemplo, y no descarto eliminar más cosas potencialmente peligrosas.
Un saludo.
Gracias José
EliminarNo hay problema por tu enlace. Es pertinente al tema.
La cuestión no es que yo, tu, el, nosotros... consideremos esta cookie incluida en las exentas por ser de naturaleza "estrictamente..."
Quien debe clasificarla así es el legislador y yo desconozco si ya lo está incluida o no.
Porque cabe pensar también (por parte del juzgador) que si técnicamente es posible, con independencia del coste y su complejidad, la existencia de una herramienta que impida la descarga de las cookies sin crear esa herramienta hipotética su propia cookie... pues ya no sería "estrictamente necesaria"
Pero repito, no tengo ni conocimientos ni formación para afirmar una cosa o la contraria.
Un saludo
Veo que está removiendo muchas "conciencias" todo esto de las cookies, pero -también desde mi desconocimiento preciso de la Ley- creo que hay muchas más cosas punibles en la LSSI que todos o casi todos incumplimos. Al menos recuerdo una muy básica y que es que los sitios obligados por la misma tienen que tener identificado al propietario con sus datos personales: nombre, identificación fiscal (CIF-NIF) y su domicilio.
ResponderEliminarLo de las cookies todos estamos dispuestos a cumplirlo porque no nos molesta personalmente demasiado, pero ¿cómo nos tomamos el hacer nuestros datos personales públicos? Pienso que en general mal, muy mal.
Tienes toda la razón del mundo. Aunque no en todos los casos se aplica la ley (debe haber actividad o ánimo de lucro de algún tipo creo recordar), en la gran mayoría de webs y blogs, esto no se suele hacer.
EliminarYo lo que creo es que falta que se denuncie a alguien por ese otro tema, tal como ha pasado con las cookies, que no ha sido hasta que se ha denunciado un caso que se ha sabido siquiera que existía esa obligación de no cargar cookies hasta que el usuario acepte (en este grupo me incluyo).
Falta mucha información al respecto, información que ahora sólo se obtiene a golpe de buscadores y de leer directamente las leyes del BOE. Los blogueros tenemos algo de culpa de esto (me incluyo, por supuesto). Perdemos el culo para anunciar las novedades de G+, Blogger, etc, pero estas cosas, que son mucho más importantes, y que nos pueden dejar literalmente arruinados por poca cosa, ni las tocamos superficialmente... Hasta que a alguien le ha pasado algo, y nos entra el miedo.
A todo esto, y ya que estoy aquí, os comento que hubo consejo de Ministros hace dos viernes, y entre las cosas que aprobaron fue una reforma, un poco más permisiva, a este tema de las cookies. Aquí dejo un enlace con un resumen de las reformas, que incluye también otros apartados de la LSSI.
Feliz domingo.
Claro, Oloman. Toda la razón.
EliminarLa LSSI es más que las cuquis. Bastante más.
Con este tema pasa lo que con cualquier otro: cuestiones puntuales que acaparan temporalmente la atención. Y eso no quiere decir que tenga más o menos relevancia o sea de mayor o menor interés.
Pero ya sabes. Somos animales de "momentos".
Jose Gracias por tu opinión y el enlace a la propuesta de modificación a la ley. Creo que es la misma que la ampliación del post que incluí el día 13.
Un saludo
Este comentario ha sido eliminado por un administrador del blog.
ResponderEliminarYo había pensado también en hacer eso mismo, detener la carga hasta que el usuario acepta, pero no tengo claro que las arañas también se detengan cuando se encuentran un stop en la página... amén de lo agresivo que resulta para el usuario encontrarse con una barrera de entrada.
EliminarPerdón, pero en el enlace no encontré información sobre el escript, sino una publicidad para venderlo.
EliminarEfectivamente Furoya.
EliminarY de hecho no eliminé ese comentario, pese a que tiene toda la pinta de ser sólo una excusa para plantar el enlace, por deferencia a Oloman y que no quedase su respuesta como algo sin sentido al faltar el comentario al que responde.
Pero ahora ya que tiene tu aviso y esta explicación, vamos con la escoba.
También se pasó por mi blog, y no dudé en pasar la escoba, el recogedor, y luego la aspiradora, por si acaso.
EliminarSí, lo lamento, yo siempre meténdome donde no me llaman. Pero BlogSpot debería tener una herramienta para editar comentarios ajenos; así solamente se pisotea el link.
EliminarDe cualquier forma, estoy con Oloman; no sé si los spiderbots ejecutan la página para revisarlas. No deberían, ya que lo importante es el código fuente, que es lo que los buscadores al fin cachean y revisan en busca de palabras relevantes.
Aunque para evitar que los desesperados quieran encontrar un JS salvador, digamos que si molestan mucho se pueden desactivar muy fácil. De la misma forma que los flash y pop ups. Y si la cuki se carga después que la aceptan, al no aparecer el aviso y el pedido de confirmación ... no se carga nunca. El sistema no sirve para quien necesite que el usuario la tenga cacheada.
¡Hay que buscar una forma de leer y confirmar cukis con CSS!
XD